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DECRETO SUPREMO No 0071 del 09 Abril 2009 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Crea las Autoridades de Fiscalización y Control Social en los sectores de: Trasporte y Telecomunicaciones; Agua Potable y Saneamiento Básico; Electricidad; Bosques y Tierras; Pensiones; y Empresas; determina su estructura organizativa; define competencias y atribuciones. Establece el proceso de extinción de las superintendencias generales y sectoriales, y reglamenta las transferencias de activos, pasivos, recursos humanos, recursos presupuestarios, procesos judiciales y administrativos, derechos y obligaciones. Regula el proceso de transferencia de las funciones, atribuciones y competencias de la Superintendencia del Servicio Civil al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social. Establece el cambio de denominación de la Superintendencia General de Minas y las Superintendencias Regionales de Minas.


DECRETO SUPREMO Nº 0071
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que la Constitución Política del Estado - CPE, promulgada el 7 de febrero de 2009, establece que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.


QUE EL ARTÍCULO 306 DE LA REFERIDA CPE DETERMINA QUE EL MODELO ECONÓMICO BOLIVIANO ES PLURAL Y ESTÁ ORIENTADO A MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA Y EL VIVIR BIEN DE TODOS LOS BOLIVIANOS Y BOLIVIANAS, Y ESTÁ CONSTITUIDO POR LAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN ECONÓMICA COMUNITARIA, ESTATAL, PRIVADA Y SOCIAL COOPERATIVA.- Asimismo, señala que la economía plural articula las diferentes formas de organización económica sobre los principios de complementariedad, reciprocidad, solidaridad, redistribución, igualdad, seguridad jurídica, sustentabilidad, equilibrio, justicia y transparencia.


QUE EL ARTÍCULO 311 DE LA CITADA CPE DISPONE QUE EL ESTADO EJERCERÁ LA DIRECCIÓN INTEGRAL DEL DESARROLLO ECONÓMICO Y SUS PROCESOS DE PLANIFICACIÓN, ASÍ COMO LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES QUE SON PROPIEDAD DEL PUEBLO BOLIVIANO, Y QUE SE RESPETARÁ Y GARANTIZARÁ LA PROPIEDAD INDIVIDUAL Y COLECTIVA SOBRE LA TIERRA.- Asimismo, dispone que se respetará la iniciativa empresarial ...

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