DECRETO SUPREMO Nº 10704
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con la Constitución Política, la Educación es la más alta función del Estado, y se la imparte sobre la base de la escuela unificada y democrática. El nivel primario tiene carácter obligatorio;
Que, la educación fiscal y privada en sus niveles primario, medio y superior está regida por el Estado mediante el Ministerio del ramo; quién debe promover la educación vocacional y la formación profesional, orientándola en función del desarrollo económico social y la soberanía del país;
Que, de acuerdo con el Art. 37 de la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo, el Ministerio de Educación y Cultura, tiene a su cargo la formulación, dirección y ejecución de la política educativa del país;
CONSIDERANDO:
QUE, LOS FINES DE LA EDUCACIÓN CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 2º DEL CÓDIGO DE EDUCACIÓN, REQUIEREN UNA REFORMULACIÓN QUE POSIBILITE LA ELABORACIÓN DE UN CUERPO DE OBJETIVOS, ASÍ COMO DE PLANES Y PROGRAMAS, QUE CONSTITUYAN UNA RESPUESTA ADECUADA A LAS DEMANDAS Y REQUERIMIENTOS DE LA NACIÓN;
.- Que, el Código de la Educación y el
Decreto Supremo Nº 08601, definen la estructura del Sistema Educativo en cuatro grandes áreas: Educación Regular, Educación de Adultos, Educación Especial y Educación Extraescolar y de Extensión Cultural;
Que, de acuerdo ...
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