DECRETO SUPREMO N° 2314
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 77 de la
Constitución Política del Estado, determina que la educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla.
Que el Parágrafo I del Artículo 72 de la
Ley N° 070, de 20 de diciembre de 2010, de la Educación “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”, dispone que el Estado Plurinacional, a través del Ministerio de Educación, ejerce tuición sobre la administración y gestión del Sistema Educativo Plurinacional.
Que el numeral 4 del Artículo 74 de la
Ley N° 070, señala como uno de los objetivos de la administración y gestión del sistema educativo: Garantizar la provisión de recursos financieros, personal cualificado, infraestructura y materiales de acuerdo a las necesidades de cada región y de acuerdo a las competencias concurrentes de las entidades territoriales autónomas.
Que la
Ley Nº 614, de 13 de diciembre de 2014, aprueba el Presupuesto General del Estado - PGE del sector público para la Gestión Fiscal 2015.
Que la Resolución Ministerial Nº 716, de 31 de julio de 2014, emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, aprueba el Clasificador Presupuestario para la gestión 2015, el cual es ...
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