DECRETO SUPREMO N° 2365
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 104 de la
Constitución Política del Estado, determina que toda persona tiene derecho al deporte, a la cultura física y a la recreación. El Estado garantiza el acceso al deporte sin distinción de género, idioma, religión, orientación política, ubicación territorial, pertenencia social, cultural o de cualquier otra índole.
Que los Parágrafos I y II del Artículo 337 del
Texto Constitucional, establecen que el turismo es una actividad económica estratégica que deberá desarrollarse de manera sustentable para lo que tomará en cuenta la riqueza de las culturas y el respeto al medio ambiente; y el Estado promoverá y protegerá el turismo comunitario con el objetivo de beneficiar a las comunidades urbanas y rurales, y las naciones y pueblos indígena originario campesinos donde se desarrolle esta actividad.
Que el Artículo 1 del
Decreto Supremo N° 1971, de 9 de abril de 2014, declara de prioridad e interés nacional la realización de la competencia deportiva mundial denominada “Dakar 2015”, que recorrerá el Territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.
Que el Estado Plurinacional de Bolivia fue sede de uno de los eventos más importantes del mundo, generando en el país un impacto económico positivo, tanto por imagen en publicidad y promoción de los destinos turísticos como por el ...
Hay 953 palabras restantes para leer que son aproximadamente 4 páginas ...