DECRETO SUPREMO N° 2389
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 53 de la
Ley Nº 300, de 15 de octubre de 2012, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, constituye la Autoridad Plurinacional de la Madre Tierra, como una entidad estratégica y autárquica de derecho público con autonomía de gestión administrativa, técnica, económica, bajo tuición del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, cuyo funcionamiento será establecido en Decreto Supremo.
Que los Parágrafos I y II del Artículo 57 de la
Ley Nº 300, disponen la constitución del Fondo Plurinacional de la Madre Tierra como el mecanismo financiero bajo dependencia de la Autoridad Plurinacional de la Madre Tierra, para canalizar, administrar y asignar recursos financieros para la realización de planes, programas, proyectos, iniciativas, acciones y actividades de mitigación y adaptación al cambio climático.
Que el Parágrafo IV del Artículo 57 de la
Ley Nº 300, establece que los recursos del “Fondo Plurinacional de la Madre Tierra” serán gestionados a través de un Fideicomiso abierto en el Banco Central de Bolivia – BCB y que las condiciones del fideicomiso serán determinadas entre la autoridad Plurinacional de la Madre Tierra y el Banco Central de Bolivia, además que estas entidades podrán implementar nuevas modalidades de gestión.
Que los Parágrafos II y III del ...
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