DECRETO SUPREMO N° 2439
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 175 de la
Constitución Política del Estado, determina como atribución de las Ministras y Ministros de Estado, entre otros, proponer proyectos de Decreto Supremo y suscribirlos con la Presidenta o el Presidente del Estado.
Que el Artículo 12 del
Decreto Supremo Nº 25984, de 16 de noviembre de 2000, crea el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social – FPS, como entidad de derecho público, de fomento y sin fines de lucro, descentralizada, con personería jurídica propia, con autonomía administrativa, técnica y financiera, para contribuir al desarrollo económico y social en el marco de la Estrategia Boliviana de la Reducción de la Pobreza. Asimismo, el Artículo 15 del citado Decreto Supremo, establece las funciones del FPS.
Que el
Decreto Supremo Nº 29152, de 6 de junio de 2007, amplía las funciones del FPS, señaladas en el Artículo 15 del
Decreto Supremo Nº 25984, que incorpora el inciso j) de administrar programas y proyectos de generación de empleos.
Que a efectos de garantizar la buena ejecución de las obras y el uso adecuado de los recursos económicos del Estado, en proyectos de infraestructura civil, se ha establecido la necesidad de que la supervisión de los proyectos ...
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