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LEY No 4069 del 27 Julio 2009 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se extingue la Comisión Nacional para el Resarcimiento a Víctimas de Violencia Política (CONREVIP), teniendo validez los actos emitidos por este ente interinstitucional hasta la fecha de vigencia de la presente Ley.



LEY Nº 4069 LEY DE 27 DE JULIO DE 2009
EVO MORALES AYMA PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Se extingue la Comisión Nacional para el Resarcimiento a Víctimas de Violencia Política (CONREVIP), teniendo validez los actos emitidos por este ente interinstitucional hasta la fecha de vigencia de la presente Ley.


ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Justicia designará una Comisión Técnica de Calificación, mediante Resolución Ministerial, para la continuación y culminación de las tareas de calificación de las solicitudes presentadas por las víctimas de la violencia política en Gobiernos Inconstitucionales.
Artículo 3.
I. La Comisión Técnica de Calificación concluirá el proceso de calificación aplicando la normativa establecida en la Ley Nº 2640 de 11 de marzo de 2004, el Decreto Supremo Nº 28015 de 22 de febrero de 2005 y el Decreto Supremo Nº 29214 de 2 de agosto de 2007, salvando las modificaciones realizadas en la presente norma.
II. La Comisión Técnica de Calificación aplicará los criterios de calificación para cada uno de los hechos resarcible adoptados por la ex Comisión Nacional para el Resarcimiento Excepcional a Víctimas de Violencia Política (CONREVIP)
III. Las funciones y atribuciones de la CONREVIP establecidas en ...

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