LEY N° 1405
LEY DE 1 DE NOVIEMBRE DE 2021
DAVID CHOQUEHUANCA CÉSPEDES
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DE ESTADÍSTICAS OFICIALES DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto normar la producción de estadísticas oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia, a través del Instituto Nacional de Estadística - INE.
ARTÍCULO 2. (MARCO COMPETENCIAL).
La presente Ley se enmarca en:
a) La competencia privativa del nivel central del Estado de censos oficiales, establecida en el numeral 16 del Parágrafo I del Artículo 298 de la
Constitución Política del Estado;
b) La competencia exclusiva del nivel central del Estado de elaboración y aprobación de estadísticas oficiales, dispuesta en el numeral 13 del Parágrafo II del Artículo 298 de la
Constitución Política del Estado.
ARTÍCULO 3. (ÁMBITO DE APLICACIÓN).
La presente Ley se aplica en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, a:
a) Entidades productoras de estadísticas oficiales;
b) Informantes;
c) Usuarios de las estadísticas.
ARTÍCULO 4. (DEFINICIONES).
Para los ...
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