LEY Nº 573
LEY DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
LEY DE REDUCCIÓN DE EDAD POR TRABAJOS INSALUBRES
Artículo 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto normar el acceso a los beneficios del Sistema Integral de Pensiones con reducción de edad para trabajos en condiciones insalubres.
Artículo 2. (CONDICIONES INSALUBRES DEL SECTOR MINERO).
I. En caso de que otros sectores mineros que no estén contemplados en la
Ley N° 3725 de 3 de agosto de 2007, soliciten se considere como trabajo análogo el realizado por su sector, éstos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a. Contar con estudio técnico del sector para declaratoria de trabajo análogo, efectuado por una comisión técnica integrada por el Instituto Nacional de Salud Ocupacional - INSO, Instituto Nacional de Seguros de Salud - INASES y el Departamento Nacional de Medicina del Trabajo de la Caja Nacional de Salud - CNS.
b. Contar con un informe técnico legal para la declaratoria de trabajo análogo, elaborado por el Instituto Nacional de Salud Ocupacional - INSO, Instituto Nacional de Seguros de Salud - INASES ...
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