LEY No 596 del 11 de Noviembre de 2014 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Declara Patrimonio Cultural lnmaterial del pueblo Boliviano, a la festividad de "San Severino, el Santo de las Lluvias", que se celebra el último fin de semana del mes de noviembre de cada año, en el Municipio de Tarata del Departamento de Cochabamba.
LEY Nº 596
LEY DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1.
Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del pueblo Boliviano, a la festividad de “San Severino, el Santo de las Lluvias”, que se celebra el último fin de semana del mes de noviembre de cada año, en el Municipio de Tarata del Departamento de Cochabamba.
Artículo 2.
I. El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba y el Gobierno Autónomo Municipal de Tarata, de acuerdo a sus competencias, apoyarán la protección, conservación, promoción y fortalecimiento de la festividad.
II. El Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, el Gobierno Autónomo Municipal de Tarata, las instituciones y organizaciones sociales involucradas en la festividad de “San Severino, el Santo de las Lluvias”, quedan encargados de elaborar el Plan de Gestión de la Festividad, objeto de la presente declaratoria, en coordinación con el Ministerio de Culturas y Turismo.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiocho días del mes ...
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