LEY N° 603
LEY DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
CÓDIGO DE LAS FAMILIAS Y DEL PROCESO FAMILIAR
TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES PRELIMINARES
CAPÍTULO PRIMERO
OBJETO, LAS FAMILIAS Y TUTELA DEL ESTADO
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
El presente Código regula los derechos de las familias, las relaciones familiares y los derechos, deberes y obligaciones de sus integrantes, sin discriminación ni distinción alguna.
ARTÍCULO 2. (LAS FAMILIAS Y TUTELA DEL ESTADO).
Las familias, desde su pluralidad, se conforman por personas naturales que deben interactuar de manera equitativa y armoniosa, y se unen por relaciones afectivas emocionales y de parentesco por consanguinidad, adopción, afinidad u otras formas, por un periodo indefinido de tiempo, protegido por el Estado, bajo los principios y valores previstos en la
Constitución Política del Estado.
CAPÍTULO SEGUNDO
DERECHOS SOCIALES, PROTECCIÓN DE LAS FAMILIAS Y ROL DEL ESTADO
ARTÍCULO 3. (DERECHOS DE LAS FAMILIAS).
I. Los principios y valores inherentes a los derechos de las familias son los de responsabilidad, respeto, solidaridad, protección integral, ...
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