LEY N° 640
LEY DE 15 DE ENERO DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la
Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de una superficie de 34 hectáreas (has), del predio denominado “El Porvenir”, con Título Ejecutorial N° PPD-NAL-329618 y Expediente N° 6637, conforme consta en la Resolución Suprema N° 229830, de fecha 4 de noviembre de 2008, y registrado ante las oficinas de Derechos Reales, bajo la Matrícula Computarizada N° 7.04.4.01.0002339, ubicado en el Municipio de San Juan, Provincia Ichilo del Departamento de Santa Cruz, colindantes al Norte, Sur, Este y Oeste según Plano Catastral N° 07-04-04-01-001157; a favor de la Policía Boliviana, destinada a la implementación del Centro de Operaciones Antinarcóticos, de acuerdo a la Ley Municipal N° 22 de 7 de agosto de 2014, del Gobierno Autónomo Municipal de San Juan.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los nueve días del mes de enero del año dos mil quince.
Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo ...
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