LEY N° 675
LEY DE 15 DE ABRIL DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.
Se autoriza al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, transferir a título gratuito, los predios situados en los manzanos 7-44-1, 7-45-1, 7-52-1 y 7-53-1 del Municipio de Guayaramerín del Departamento de Beni, inscritos en Derechos Reales, bajo la Matrícula Computarizada N° 8.02.2.01.0006624, con una superficie total de 40.000 metros cuadrados (m2), a favor del Fideicomiso - AEVIVIENDA constituido en el Banco Unión S.A. en el marco del
Decreto Supremo Nº 0986, de 21 de septiembre de 2011, para la ejecución de programas y/o proyectos destinados a la dotación de soluciones habitacionales y hábitat a la población del Estado Plurinacional de Bolivia.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
ÚNICA.
Conforme lo dispuesto por el
Decreto Supremo Nº 0986, los bienes transferidos en el marco de la presente Ley, serán destinados a vivienda social, para lo cual se autoriza a las partes del Fideicomiso - AEVIVIENDA constituido en el Banco Unión S.A., las modificaciones contractuales para el cumplimiento de la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala ...
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