LEY N° 676
LEY DE 15 DE ABRIL DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.
I. De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I numeral 10, de la
Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Ampliación al Contrato de Préstamo y de Aporte Financiero, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, en fecha 31 de diciembre de 2014, por un monto de hasta Euros5.000.000.- (Cinco Millones 00/100 Euros) que corresponden al Préstamo y un monto de hasta Euros1.000.000.- (Un Millón 00/100 Euros) que corresponden al Aporte Financiero, destinados a financiar la ejecución del Programa Nacional de Riego SIRIC II - 2006 66 040 y 2007 70 164.
II. Se autoriza a los Gobiernos Autónomos Departamentales de Chuquisaca y Santa Cruz, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del mencionado Contrato de Ampliación al Contrato de Préstamo y de Aporte Financiero aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los nueve días del mes de abril del año dos mil quince.
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