LEY Nº 704
LEY DE 5 DE JUNIO DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
En uso de la atribución conferida por el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la
Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del Departamento de Cochabamba, con una superficie de 2.668,82 metros cuadrados (m²), ubicado en la zona de Iquircollo, Distrito III, c/Av. J. Rossendy e innominada del Municipio de Quillacollo, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la Provincia de Quillacollo bajo la Matrícula Computarizada N° 3.09.1.01.0016688, Asiento A-1, cuyas colindancias son: al Norte, con la propiedad de la familia Luizaga y Área verde; al Sur, con fraccionamiento Flores; al Este, con la calle Cincinato Prado; y al Oeste, con la Avenida J. Rossendy; a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, con destino exclusivo para el funcionamiento del Instituto Nacional de Comercio - INCOS, de conformidad a la Ordenanza Municipal N° 143/2013 de 12 de diciembre de 2013.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiséis días ...
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