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LEY No 708 del 25 de Junio de 2015 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: LEY DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE


LEY N° 708
LEY DE 25 DE JUNIO DE 2015

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley;

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

TÍTULO I
DISPOSICIONES COMUNES

CAPÍTULO I
OBJETO, MARCO COMPETENCIAL Y PRINCIPIOS

Artículo 1. (OBJETO).

La presente Ley tiene por objeto regular la conciliación y el arbitraje, como medios alternativos de resolución de controversias emergentes de una relación contractual o extracontractual.

Artículo 2. (MARCO COMPETENCIAL).

La presente Ley desarrolla la conciliación y el arbitraje en el marco del Parágrafo II del Artículo 297 de la Constitución Política del Estado, como competencia exclusiva del nivel central del Estado.

Artículo 3. (PRINCIPIOS).

La conciliación y el arbitraje se sustentan en los siguientes principios:

1. Buena Fe. Las partes proceden de manera honesta y leal, con el ánimo de llegar a un acuerdo y acceder al medio alternativo que ponga fin a la controversia.
2. Celeridad. Comprende el ejercicio oportuno y sin dilaciones en la solución de controversias.
3. Cultura de Paz. Los medios alternativos de resolución de controversias contribuyen al Vivir Bien.
4. Economía. Los procedimientos se ...

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