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Gaceta Oficial de Bolivia No 1843 del 02 de Enero de 2025

1) DECRETO SUPREMO No 5301 del 02 de Enero de 2025


Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las previsiones normativas aplicables para la administración económica y financiera del Estado, el presente Decreto Supremo tiene por objeto: a) Reglamentar la Ley N° 1613, del Presupuesto General del Estado Gestión 2025, publicada el 1 de enero de 2025; b) Reglamentar los mandatos contenidos en el Anexo de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, incorporados por la Disposición Final Segunda de la Ley N° 1613

2) DECRETO SUPREMO No 5302 del 02 de Enero de 2025


El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar el Artículo 8 de la Ley N° 1613, del Presupuesto General del Estado Gestión 2025, publicada el 1 de enero de 2025, que establece incentivos tributarios a la importación y comercialización de bienes de capital y plantas industriales, destinados a los sectores agropecuario, industrial, construcción y minería para impulsar la reactivación y fomento a la política de sustitución de importaciones hasta el 31 de diciembre de 2025

3) DECRETO SUPREMO No 5303 del 02 de Enero de 2025


El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar los Artículos 9 y 10 de la Ley N° 1613, del Presupuesto General del Estado Gestión 2025, publicada el 1 de enero de 2025, que establecen la exención del Impuesto al Valor Agregado – IVA a la importación de hidrocarburos y el incentivo a la reinversión de utilidades

4) DECRETO SUPREMO No 5304 del 02 de Enero de 2025


Se difiere el Gravamen Arancelario a cero por ciento (0%) hasta el 31 de diciembre de 2025, para la importación de mercancías destinadas a la producción de Biodiesel comprendidas en la subpartida arancelaria 8479.82.00.10

5) DECRETO SUPREMO No 5305 del 02 de Enero de 2025


Con la finalidad de fortalecer el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad y bajo los principios de igualdad e inclusión establecidos en la Constitución Política del Estado, se establece el período de vigencia del Carnet de Discapacidad por seis (6) años para las personas con discapacidad moderada y grave

6) DECRETO SUPREMO No 5306 del 02 de Enero de 2025


El presente Decreto Supremo tiene por objeto determinar el porcentaje de las utilidades netas de la gestión 2024 que los Bancos Múltiples y Bancos PYME deberán destinar al cumplimiento de la función social de los servicios financieros

7) DECRETO SUPREMO No 5307 del 02 de Enero de 2025


Con la finalidad de conmemorar los doscientos años de la fundación de Bolivia, el presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar el “2025 BICENTENARIO DE BOLIVIA”

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