DECRETO SUPREMO No 11358 del 22 de Febrero de 1974 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Por el lapso de noventa días se eliminan todos los gravámenes aduaneros, impuestos y tasas en general para articulos esenciales de consumo.
DECRETO SUPREMO Nº 11358
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por circunstancias económicas que escapan al control del Supremo Gobierno los artículos esenciales de consumo han sufrido reajustes en el comercio internacional con el consiguiente encarecimiento y restricción de la oferta a nivel del consumidor.
Que, es deber del Supremo Gobierno proteger la economía popular y posibilitar el abastecimiento de los mercados con artículos esenciales de consumo.
Que, por las circunstancias anotadas se impone adoptar medidas de excepción mientras se restablezca el equilibrio de la ley de la oferta y la demanda.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL DICTAMEN
FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL
DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- A partir de la publicación del presente Decreto y por el lapso de noventa días, se eliminan todos los gravámenes aduaneros, impuestos y tasas en general, así como el requisito de licencia previa, excepto lo previsto por el Art. 15º del Arancel de Importaciones, para los siguientes artículos esenciales de consumo, quedando sujetas únicamente al control y legal despacho aduanero mediante el correspondiente trámite de la Póliza de Importación en cualquier Aduana de la República.
Posición Arancelaria Descripción del Producto
04.02.01.01 Leche evaporada
04.02.01.02 Leche condensada
04.02.02.00 ...
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