DECRETO SUPREMO No 17128 del 30 de Noviembre de 1979 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Créase el "Bono de Compensación al costo de vida", independiente del sueldo o salario básico, para los trabajadores y empleados públicos y privados del país.
DECRETO SUPREMO Nº 17128
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Supremo Gobierno se halla empeñado en ejecutar un plan social y económico concebido para reordenar la economía nacional y sentar las bases para el bienestar de todos los bolivianos.
Que, es necesario adoptar medidas correctivas a la crisis monetaria y financiera por la que atraviesa el país, con efectos positivos para la economía nacional.
Que debe mantenerse el poder adquisitivo de sueldos y salarios de los trabajadores bolivianos y en los casos de menores ingresos, incrementarlos, logrando de esta manera una distribución más justa del ingreso.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.-
Créase el "Bono de Compensación al costo de vida", independiente del sueldo o salario básico, para los trabajadores y empleados públicos y priva
dos del país.
TOTAL MENSUAL GANADO $b. Hasta 5.000 de 5.001 a 7.000 de 7.001 a 9.000 - BONO 1.000.800.600.- COMPUESTO 800.-y 200600.-y 200400.-y 200 POR TRANSPORTE " " "
9.000 en adelante sin compensación.
En caso de desajuste en los límites máximo y minimo de un punto a otro de la escala, se procederá a la aplicación de los correctivos necesarios.
ARTÍCULO 2.-
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