DECRETO SUPREMO No 21316 del 03 de Julio de 1986 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: (Definición y Objetivos).- Se entiende por política para la reactivación económica aquellas medidas auspiciadas y ejecutadas por el Gobierno Nacional, encaminadas a la consolidación y fortalecimiento de la estabilidad monetaria, sobre cuyo fundamento se realizarán las acciones técnico-administrativas que tiendan a la superación de la recesión económica y el desempleo.
DECRETO SUPREMO Nº 21316
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que la Nueva Política Económica ha sido concebida para frenar la hiperinflación, reordenar el aparato administrativo, racionalizar los instrumentos financieros del Sector Público, restablecer la autoridad política del Estado y promover la descentralización administrativa en el marco de la integración nacional.
Que dicha Política, en su fase inicial, ha detenido efectivamente el proceso hiperinflacionario que constituía una confiscación de los ingresos de la población, habiéndose logrado la estabilidad monetaria, gracias a un estricto control y racionalización del gasto público y a la fijación de precios reales para los bienes producidos y los servicios prestados por el sector estatal.
Que el colapso de los precios internacionales de las materias primas ha ocasionado una gravísima lesión a la economía del país, con deterioro de la Balanza de Pagos y drástica reducción de los ingresos fiscales.
Que es preciso superar esta situación incrementando y diversificando la producción, con la generación de nuevas exportaciones no tradicionales y la sustitución de importaciones.
Que una vez consolidada la estabilización monetaria debe iniciarse el proceso de reactivación, que permita disminuir el desempleo e incrementar la producción y la demanda agregada.
Que para tal fin, es necesario establecer políticas de absorción de mano de obra, abriendo nuevas áreas de ...
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