Decreto Supremo Nº 22461
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo Nº 22154 de 15 de marzo de 1989 ha creado el Fondo de Desarrollo Campesino, como entidad de derecho público y fomento, cuyo objetivo principal es cooperar en el desarrollo de los pequeños productores agropecuarios y lograr su incorporación a la vida económica, productiva y social del país;
Que el
Decreto Supremo Nº 22407 de 11 de enero de 1990 señala la importancia del sector agropecuario en general y la del pequeño productor campesino, como parte esencial de ese sector; destacando la necesidad de fortalecer con carácter de urgencia el Fondo de Desarrollo Campesino, como principal instrumento de apoyo al desarrollo integral del mencionado sector, para lo cual es necesaria una verdadera democratización del crédito, el financiamiento de asistencia técnica y obras de infraestructura que permitan elevar los actuales niveles de producción y productividad del campesino y mejorar mediante ello sustancialmente su actual nivel de vida;
Que han surgido, durante los meses de existencia del FDC, circunstancias que demuestran la necesidad de ampliar y modificar algunos aspectos del
Decreto Supremo Nº 22154 e incorporar nuevas normas al mismo;
Que la modificación detallada de determinados artículos del decreto citado y la ampliación de otros, cambiaría substancialmente su estructura, haciendo preferible emitir un nuevo decreto supremo.
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