Decreto Supremo Nº 23855
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 1493 de ministerios de 17 de septiembre de 1993 ha determinado el número y atribuciones de los Ministros de Estado en cumplimiento del artículo 99 de la Constitución Política del Estado;
Que es necesario adecuar la estructura de los fondos de desarrollo dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano y Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, a las disposiciones de la
Ley Nº 1493 y los decretos supremos que la reglamentan Nº 23660 de 12 de octubre de 1993 y Nº 23729 de 31 de mayo de 1994.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (Composición) Los fondos de desarrollo tendrán un directorio constituido de la siguiente manera:
a) El Fondo de Inversión Social (FIS), el Fondo de Desarrollo Campesino (FDC) y el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) contarán con un directorio compuesto por un presidente designado por el Presidente de la República, de acuerdo a normas constitucionales; y cuatro directores designados por el Ministro responsable, a propuesta de los Secretarios Nacionales encargados del área. Estos fondos tendrán un gerente general designado por el directorio, a propuesta del presidente del mismo.
b) El Fondo Nacional de Vivienda Social (FONVIS) tendrá un directorio compuesto por un presidente, seis ...
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