DECRETO SUPREMO Nº 27085
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo Nº 9537 de 6 de enero de 1971, concede una pensión vitalicia a los Ex - Combatientes de la Guerra del Chaco, declarados por esa condición como Beneméritos de la Patria.
Que es deber del Gobierno Nacional, reconocer la sacrificada defensa directa de la soberanía nacional, efectuada por los Ex - Combatientes de la Guerra del Chaco, en los campos de batalla.
Que en este marco, el Gobierno asume la necesidad de reconocer objetivamente este sacrificio, a través de un pago único y exclusivo a los Ex - Combatientes de la Guerra del Chaco, declarados Beneméritos de la Patria.
Que este justo reconocimiento debe ser atendido dentro las posibilidades reales de financiamiento del Tesoro General de la Nación.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto conceder un pago único de reconocimiento a favor de los Ex - combatientes sobrevivientes de la guerra del Chaco.
ARTICULO 2.- (PAGO UNICO). Se dispone un pago único y exclusivo a los Ex - Combatientes sobrevivientes de la Guerra del Chaco, que por esa condición han sido declarados Beneméritos de la Patria. Este pago único ...
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