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DECRETO SUPREMO No 5217 del 04 de Septiembre de 2024 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Para el cumplimiento de los objetivos institucionales relacionados con el desarrollo de las Elecciones Judiciales 2024, el presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Órgano Electoral Plurinacional el incremento en la gestión 2024 de las subpartidas de consultorías


DECRETO SUPREMO N° 5217

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo II del Artículo 205 de la Constitución Política del Estado determina que la jurisdicción, competencias y atribuciones del Órgano Electoral y de sus diferentes niveles se definen, en la Constitución y la ley.

Que el Parágrafo I del Artículo 206 del Texto Constitucional establece que el Tribunal Supremo Electoral es el máximo nivel del Órgano Electoral, tiene jurisdicción nacional.

Que el Parágrafo I del Artículo 208 de la Constitución Política del Estado dispone que el Tribunal Supremo Electoral es el responsable de organizar, administrar y ejecutar los procesos electorales y proclamar sus resultados.

Que el Parágrafo I del Artículo 321 del Texto Constitucional señala que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.

Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que el numeral 1 del Artículo 6 de la Ley N° 018, de 16 de junio de 2010, del ...

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