LEY No 1182 del 17 de Septiembre de 1990 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se estimula y garantiza la inversión nacional y extranjera para promover el crecimiento y desarrollo económico y social de Bolivia, mediante un sistema normativo que rija tanto para las inversiones nacionales como extranjeras. "COMPILACION REGIMEN DE INVERSIONES"
LEY Nº 1182
LEY DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 1990
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
CAPITULO I
DEL OBJETO Y AMBITO DE APLICACION DE LA LEY
ARTÍCULO 1º.-
Se estimula y garantiza la inversión nacional y extranjera para promover el crecimiento y desarrollo económico y social de Bolivia, mediante un sistema normativo que rija tanto para las inversiones nacionales como extranjeras.
ARTÍCULO 2º.-
Se reconoce al inversionista extranjero y a la empresa o sociedad en que éste participe, los mismos derechos, deberes y garantías que las Leyes y Reglamentos otorgan a los inversionistas nacionales, sin otra limitación que las establecidas por Ley.
ARTÍCULO 3º.-
La inversión privada no requiere autorización previa ni registro adicional a más de las determinadas por Ley.
CAPITULO II
DE LAS GARANTIAS
ARTÍCULO 4º.-
Se garantiza el derecho de propiedad para las inversiones nacionales y extranjeras sin ninguna otra limitación que las estipuladas en la Ley.
ARTÍCULO 5º.-
Se garantiza un régimen de libertad cambiaria, no existiendo ...
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