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LEY No 3128 del 04 Agosto 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Declárase con carácter prioritario industrialización de los recursos no renovables: Piedra Caliza, Arena Sílice y Arcilla para Cerámica ubicados en el Municipio de Collana Norte, Provincia Aroma del Departamento de La Paz.


DECLARESE CON CARÁCTER PRIORITARIO LA INDUSTRIALIZACIÓN DE LOS RECURSOS NO RENOVABLES: PIEDRA CALIZA, ARENA SILICE
Y ARCILLA PARA CERÁMICA UBICADO EN EL MUNICIPIO DE COLLANA NORTE, PROVINCIA AROMA DEL DEPARTAMENTO DE LA
PAZ.

LEY Nº 3128
LEY DE 4 DE AGOSTO DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Le:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.-

Declárese con carácter prioritario la industrialización de los recurso no renovables: Piedra Caliza, Arena Silice y Arcilla para cerámica ubicados en el Municipio de Collana Norte, Provincia Aroma del Departamento de La Paz.

ARTICULO 2º.-

Encomiéndese al Poder Ejecutivo prestar toda la atención necesaria a fin de que este objetivo pueda ser alcanzado a la brevedad posible.

Remitase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil cinco años.

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Muruchi.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ...

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