LEY N° 1596
LEY DE 31 DE OCTUBRE DE 2024
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DE DELIMITACIÓN DEL LÍMITE INTRADEPARTAMENTAL ENTRE LOS MUNICIPIOS DE SUCRE DE LA PROVINCIA OROPEZA Y PRESTO DE LA PROVINCIA ZUDÁÑEZ DEL DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto la delimitación del límite intradepartamental entre los municipios de Sucre de la Provincia Oropeza y Presto de la Provincia Zudáñez del Departamento de Chuquisaca.
ARTÍCULO 2. (DELIMITACIÓN).
En sujeción a lo establecido en el Artículo 3 de la
Ley N° 339 de 31 de enero de 2013, de Delimitación de Unidades Territoriales, se aprueba la delimitación intradepartamental entre los municipios de Sucre de la Provincia Oropeza y Presto de la Provincia Zudáñez del Departamento de Chuquisaca.
ARTÍCULO 3. (DESCRIPCIÓN DEL TRAZO DE LA LÍNEA LIMÍTROFE).
Las coordenadas de las descripciones realizadas corresponden al Sistema Geodésico de Referencia Mundial WGS-84, proyección Universal Transversa de Mercator (UTM), Zona 20 Sur y coordenadas geodésicas.
El límite entre los Municipios de Sucre y Presto inicia a partir del Vértice 300D0048 con coordenada (Este 283056.143 y Norte 7933776.923, Latitud 18°40' 33.5199"S y Longitud 64°3' ...
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