LEY N° 1615
LEY DE 09 DE FEBRERO DE 2025
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DE FINANCIAMIENTO DEL BOMBEO, TRATAMIENTO Y MONITOREO DE LAS AGUAS ÁCIDAS DE LA MINA SAN JOSÉ DEL DEPARTAMENTO DE ORURO
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
El objeto de la presente Ley es establecer la estructura de financiamiento del Bombeo, Tratamiento y Monitoreo de las Aguas Ácidas de la Mina San José del Departamento de Oruro, con la participación del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, además de la Corporación Minera de Bolivia y la Federación Departamental de Cooperativas Mineras de Oruro, en el marco de sus competencias, en calidad de co-financiadores.
ARTÍCULO 2. (ESTRUCTURA DE FINANCIAMIENTO).
A objeto del cumplimiento de la presente Ley, los porcentajes de financiamiento anual que asumirán los co-financiadores serán los siguientes:
Gobierno Autónomo Departamental de Oruro: 25% Gobierno Autónomo Municipal de Oruro: 25% Corporación Minera de Bolivia: 25% Federación Departamental de Cooperativas Mineras de Oruro: 25%
ARTÍCULO 3. (PROGRAMACIÓN Y TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS).
I. Los co-financiadores definidos en la presente Ley, realizarán la programación anual de los recursos requeridos para el cumplimiento de la presente Ley, en el marco de las competencias establecidas por la
Constitución Política del Estado en su ...
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