LEY N° 1618
LEY DE 26 DE FEBRERO DE 2025
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13, Parágrafo I del Artículo 158 de la
Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble, con una superficie de 50.000,00 metros cuadrados (m2), fracción de una superficie total restante de 401.600,00 metros cuadrados (m2) de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, ubicado en la comunidad de Sora, Zona Sud Este, Distrito 4 del Municipio de Oruro, Provincia Cercado del Departamento de Oruro, registrado en oficinas de Derechos Reales de Oruro, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 4.07.2.02.0001242 vigente, cuyas colindancias son: al Norte, con Vecino con 134,46 m, Vecino 145,45 m y Vecino 109,50 m; al Sur, con fracción "C" con 246,35 m; al Este, con fracción "B" con 282,91 m; y al Oeste, con Vecino con 129,11 m; a favor de la Universidad Técnica de Oruro – UTO, con destino exclusivo para la construcción del Centro de Investigación Internacional y Desarrollo en Aguas Residuales – CIIDAR en Bolivia, de conformidad a la Ley Municipal N° 190/2023 promulgada el 17 de abril de 2023 por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la ...
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