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DECRETO SUPREMO No 20641 del 06 de Diciembre de 1984 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Autorizase al Min. de Industria, Comercio y Turismo adquirir la cantidad de 150.000.- toneladas métricas de trigo a granel de procedencia argentina.



DECRETO SUPREMO Nº 20641
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:



QUE EL CONVENIO DE SUMINISTROS AGRÍCOLAS A TRAVÉS DE LA LEY PÚBLICA 480 TÍTULO I/III A SUSCRIBIRSE CON EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA, VIENE SUFRIENDO DEMORAS EN SU ETAPA DE EJECUCIÓN, CREANDO PROBLEMAS QUE AFECTAN AL NORMAL SUMINISTRO DE MATERIA PRIMA PARA LA ELABORACIÓN DE HARINA DE TRIGO CON DESTINO AL CONSUMO DE LA POBLACIÓN.
Que esta circunstancia obliga a adoptar medidas previsoras, a fin de evitar el desabastecimiento de harina de trigo destinada a la elaboración de pan de batalla y pastas alimenticias.
Que a fin de evitar esta situación de emergencia se precisa de una disposición legal que autorice la compra de este producto en la República Argentina, haciendo uso del convenio de pagos recíprocos argentino­boliviano, u otro medio de pago favorable para el país.
Que es indispensable la óptima utilización de las disponibilidades de divisas con que cuenta el país para sus operaciones de compras en mercados del exterior
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO l.­Se autoriza al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, adquirir, mediante compra directa de gobierno a gobierno, la cantidad de 150.000.­toneladas métricas de trigo a granel de procedencia argentina, utilizando el convenio de crédito reciproco ...

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