DECRETO SUPREMO No. 29018
De fecha 31 de enero de 2007
REGLAMENTO DE TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS POR DUCTOS
CONSIDERANDO:
Que la
Ley No. 3058 de 17 de mayo de 2005 Ley de Hidrocarburos, establece las normas generales y principios que regulan las actividades hidrocarburiferas de acuerdo a la
Constitución Política del Estado. Asimismo dispone que el aprovechamiento de los hidrocarburos deberá promover el desarrollo integral sustentable y equitativo del país, garantizando el abastecimiento de hidrocarburos al mercado Interno, incentivando la expansión del consumo en todos los sectores de la sociedad y promoviendo la exportación de excedentes en condiciones que favorezca a los intereses del Estado.
Que la política hidrocarburifera, en lo sustentable, impulsará el desarrollo equilibrado con el medio ambiente, resguardando los derechos de los pueblos velando por su bienestar y preservando sus culturas; así también, en lo equitativo, buscará el mayor beneficio para el país incentivando la inversión, otorgando seguridad jurídica y generando condiciones favorables para el desarrollo de las diferentes actividades del sector.
Que de acuerdo con el Inciso d) del Artículo 10 de la
Ley No. 3058, los servicios de transporte de hidrocarburos, en su calidad de servicio público, se rigen por el principio de continuidad, establecido por el Artículo 14 de la misma Ley.
Que el Artículo 17 de la
Ley No. 3058, establece que ...
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