DECRETO SUPREMO Nº 29091
EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
QUE EL PARÁGRAFO III DEL ARTÍCULO 2 DE LA
LEY Nº 3351 DE 21 DE FEBRERO DE 2006, DE ORGANIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO DISPONE QUE EL PODER EJECUTIVO ESTABLECERÁ POR DECRETO SUPREMO LA ESTRUCTURA JERÁRQUICA INTERNA DE LOS MINISTERIOS Y ENTIDADES DEPENDIENTES.-
QUE EL ARTÍCULO 4 DE LA
LEY Nº 3351, ESTABLECE LAS ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, ENTRE LAS QUE SE ENCUENTRAN LA DE FORMULAR, EJECUTAR Y COORDINAR POLÍTICAS DIRIGIDAS A FORTALECER LA GESTIÓN Y EL DESARROLLO DEPARTAMENTAL Y MUNICIPAL, CON LAS PREFECTURAS, GOBIERNOS MUNICIPALES, NACIONES Y COMUNIDADES ORIGINARIAS, CON PRESENCIA EQUILIBRADA Y EQUITATIVA DE TODAS LAS CULTURAS Y COMUNIDADES LINGÜÍSTICAS, EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.-
Que el Artículo 31 del
Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006, Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece las características de las instituciones públicas desconcentradas y su forma de constitución.
Que el Plan Nacional de Desarrollo tiene entre sus objetivos el fortalecimiento en la gestión del desarrollo departamental y municipal, por lo que se requiere contar con una unidad desconcentrada bajo dependencia del Ministerio de la Presidencia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). ...
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