DECRETO SUPREMO No 8779 del 28 de Mayo de 1969 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Reestructúrase la Comisión de Investigación de Fiebre Hemorrágica de Bolivia, la que estará constituida en la siguiente forma.
DECRETO SUPREMO Nº 08779
LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la fiebre hemorrágica en los últimos meses ha ocasionado nuevas víctimas y se ha extendido en zonas más densamente pobladas, constituyendo una amenaza la afectación de estos núcleos poblacionarios;
Que la extensión geográfica donde habita el reservorio de la fiebre hemorrágica abarca 195.000 kilómetros cuadrados, con una población de 124.000 personas;
Que de las investigaciones efectuadas al presente y los resultados a que se llegaron, se establece la urgente necesidad de proseguir con estudios de campo y laboratorio en base a un plan definido y a largo plazo;
Que en los programas de Desarrollo Económico y Social, se tienen planificados la inversión de varios millones de dólares americanos en la industria ganadera del Beni, por lo que se hace indispensable garantizar dichas inversiones, ejecutando acciones en el control de la grave epidemia;
Que en vista de la prioridad que el Supremo Gobierno ha otorgado, al problema de la fiebre hemorrágica, es necesario reestructurar la Comisión de Fiebre Hemorrágica de Bolivia;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Reestructúrase la Comisión de Investigación de Fiebre Hemorrágica de Bolivia, la que estará constituida en la siguiente forma: Presidente, el señor Ministro de Salud Pública o su representante, Director Técnico, el Director del ...
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