DECRETO SUPREMO N° 4580
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo N° 28473, de 2 de diciembre de 2005, tiene por objeto ordenar en un texto único las disposiciones legales referidas al desarrollo del Polo del Sud Este Boliviano y de los yacimientos mineralógicos del Mutún. Asimismo, el Artículo 2 del citado Decreto Supremo, crea la Empresa Siderúrgica del Mutún.
Que el Parágrafo I del Artículo 1 de la
Ley N° 3790, de 24 de noviembre de 2007, refrenda la creación de la Empresa Siderúrgica del Mutún - ESM, efectuada mediante el Artículo 2 del
Decreto Supremo 28473, como empresa pública con patrimonio propio, autonomía de gestión técnica, administrativa, económica, financiera y legal, bajo tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia.
Que el Parágrafo III del Artículo 1 de la
Ley N° 3790, establece que la ESM tendrá en su cargo la dirección y administración de la exploración, explotación, fundición, industrialización, comercialización y transporte de minerales y productos derivados de los yacimientos del Mutún.
Que el Artículo 3 de la
Ley N° 3790, señala que la ESM estará dirigida y legalmente representada por un Presidente Ejecutivo, designado por el Presidente de la República actual Presidente del Estado Plurinacional de una terna elevada ...
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