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DECRETO SUPREMO No 5197 del 14 de Agosto de 2024 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Con la finalidad de sustituir gradualmente las importaciones de Diésel Oíl, el presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer incentivos para la Producción de Biodiésel en el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia


DECRETO SUPREMO N° 5197

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 308 de la Constitución Política del Estado determina que el Estado reconoce, respeta y protege la iniciativa privada, para que contribuya al desarrollo económico, social y fortalezca la independencia económica del país.

Que el numeral 5 del Parágrafo II del Artículo 311 del Texto Constitucional establece que la economía plural comprende entre otros aspectos el respeto a la iniciativa empresarial y la seguridad jurídica.

Que el Parágrafo I del Artículo 318 de la Constitución Política del Estado dispone que el Estado determinará una política productiva industrial y comercial que garantice una oferta de bienes y servicios suficientes para cubrir de forma adecuada las necesidades básicas internas, y para fortalecer la capacidad exportadora.

Que el Parágrafo I del Artículo 320 del Texto Constitucional señala que la inversión boliviana se priorizará frente a la inversión extranjera.

Que el Parágrafo II del Artículo 348 de la Constitución Política del Estado establece que los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país.

Que el Artículo 9 de la Ley N° 3058, de 17 de mayo de ...

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