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Aplicación: D-Lex Bolivia Ver Normal

DECRETO SUPREMO No 5207 del 28 de Agosto de 2024 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: El presente Decreto Supremo tiene por objeto, en el marco de la normativa vigente, aprobar el incremento salarial para la gestión 2024, para las trabajadoras y los trabajadores de las empresas públicas y empresas en las cuales el nivel central del Estado tenga participación accionaria mayoritaria


DECRETO SUPREMO N° 5207

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo II del Artículo 49 de la Constitución Política del Estado determina que la ley regulará las relaciones laborales relativas a contratos y convenios colectivos; salarios mínimos generales, sectoriales e incrementos salariales.

Que el Artículo 123 del Texto Constitucional establece que la ley sólo dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, excepto en materia laboral, cuando lo determine expresamente a favor de las trabajadoras y de los trabajadores.

Que los Parágrafos I y II del Artículo 13 de la Ley N° 975, de 13 de septiembre de 2017, de Modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2017, vigente por el inciso r) de la Disposición Final Segunda de la Ley N° 1546, del Presupuesto General del Estado Gestión 2024, publicada el 31 de diciembre de 2023, dispone que el incremento salarial de las empresas constituidas legalmente como Sociedad de Economía Mixta - S.A.M., Sociedad Anónima - S.A. o Sociedad de Responsabilidad Limitada - S.R.L., en las que el Estado posea participación accionaria, será aprobado mediante Decreto Supremo específico; y que los requisitos y parámetros para el mencionado incremento, serán reglamentados por el Órgano Ejecutivo considerando su naturaleza jurídica.

Que el Artículo 2 del

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