Ley Nº 1939
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, al Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Artículo Único.-
De conformidad con el Artículo 59, Atribución 12° de la
Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, suscrita por Bolivia el 14 de febrero de 1985.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gámez.
Por tanto, la promulgo para que tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada. ...
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