Ley Nº 3256
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
De conformidad a lo establecido por el Artículo 59º, atribución 7º de la
Constitución Política del Estado, se autoriza a la Prefectura del Departamento del Beni la transferencia, a título oneroso, y a valor catastral con todos sus activos, libre de cualquier gravamen o deuda, de la cabaña de Bovinos del Beni CABOBE, en favor del Municipio de Reyes, capital de la Provincia Ballivián, para generar y fortalecer el desarrollo agro productivo sostenible.
ARTÍCULO 2º.-
El Poder Ejecutivo, a traves del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y la Prefectura del Departamento del Beni, quedan encargados de su cumplimiento.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stefano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Aurelio Ambrosio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, ...
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