LEY Nº 1568
LEY DE 04 DE JULIO DE 2024
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
En el marco del respeto, garantía y promoción de los Derechos Humanos instituidos en el bloque de constitucionalidad, la presente Ley tiene por objeto establecer un proceso de revisión extraordinaria única y excepcional de los casos rechazados o desestimados conforme a la
Ley Nº 2640, de 11 de marzo 2004, Resarcimiento Excepcional a Víctimas de la Violencia Política en Periodos de Gobiernos Inconstitucionales, modificada por las Leyes Nº 4069, de 27 de julio de 2009; Nº 238, de 30 de abril de 2012 y Nº 1446, de 25 de julio de 2022.
ARTÍCULO 2. (COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL).
I. Se crea la Comisión Interinstitucional de Revisión Extraordinaria de Calificación para el Resarcimiento a Víctimas de la Violencia Política en periodos de Gobiernos Inconstitucionales, conformada por:
a) Ministra (o) de Justicia y Transparencia Institucional;
b) Ministra (o) de la Presidencia;
c) Ministra (o) de Salud y Deportes.
II. Los miembros de la Comisión, podrán delegar su participación mediante Resolución Ministerial a una Viceministra o Viceministro bajo su dependencia con facultad de ...
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