LEY Nº 548
LEY DE 17 DE JULIO DE 2014
ÁLVARO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
CÓDIGO NIÑA, NIÑO Y ADOLESCENTE
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. (OBJETO).-
El presente Código tiene por objeto reconocer, desarrollar y regular el ejercicio de los derechos de la niña, niño y adolescente, implementando un Sistema Plurinacional Integral de la Niña, Niño y Adolescente, para la garantía de esos derechos mediante la corresponsabilidad del Estado en todos sus niveles, la familia y la sociedad.
ARTÍCULO 2. (FINALIDAD).-
La finalidad del presente Código es garantizar a la niña, niño y adolescente, el ejercicio pleno y efectivo de sus derechos, para su desarrollo integral y exigir el cumplimiento de sus deberes.
ARTÍCULO 3. (MARCO COMPETENCIAL).-
En aplicación del Parágrafo II del Artículo 297 de la
Constitución Política del Estado, se asigna la competencia privativa de codificación sustantiva y adjetiva en materia de niña, niño y adolescente, al nivel central del Estado.
ARTÍCULO 4. (ÁMBITO DE APLICACIÓN).-
I. Las disposiciones del presente Código son de orden público y ...
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