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LEY No 774 del 04 de Enero de 2016 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: LEY DE PROMOCION DE LA UVA, SINGANI, VINOS DE ALTURA BOLIVIANOS Y VINOS BOLIVIANOS


LEY N° 774
LEY DE 4 DE ENERO DE 2016

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:


LEY DE PROMOCIÓN DE LA UVA, SINGANI, VINOS DE ALTURA BOLIVIANOS Y VINOS BOLIVIANOS

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. (OBJETO).

La presente Ley tiene por objeto promover y fortalecer el desarrollo del Complejo Productivo de Uva, Singani, Vinos de Altura Bolivianos y Vinos Bolivianos, de forma integral, articulada y coordinada con el conjunto de actores de la economía plural y con todos los niveles de gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, de acuerdo a sus competencias.

ARTÍCULO 2. (DECLARATORIA).

I. Se declara al Singani y a los Vinos de Altura Bolivianos como Patrimonio Cultural del Estado Plurinacional de Bolivia.

II. Se declara a la Uva, Singani, Vinos de Altura Bolivianos y Vinos Bolivianos, de interés estratégico del Estado Plurinacional de Bolivia.

ARTÍCULO 3. (ÁMBITO DE APLICACIÓN).

La presente Ley se aplica en todo el territorio nacional, priorizando las regiones productoras y con potencial productivo de Uva, Singani, Vinos de Altura Bolivianos y Vinos Bolivianos.

ARTÍCULO 4. (ALCANCE).

...

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