DECRETO SUPREMO N° 2063
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el inciso b) del Artículo 52 del
Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, determina como atribución de la Ministra(o) de Economía y Finanzas Públicas, entre otras, formular, programar, ejecutar, controlar y evaluar las políticas fiscales y financieras.
Que el
Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, establece los principios, elementos jurídicos, técnicos y administrativos relativos a la contratación de bienes y servicios, el manejo y la disposición de bienes de las entidades públicas.
Que el
Decreto Supremo Nº 0283, de 2 de septiembre de 2009, tiene por objeto racionalizar el parque automotor de las entidades públicas, así como autorizar la compra y/o alquiler de vehículos para las entidades públicas, previa disposición normativa expresa de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad.
Que es necesario contar con una disposición normativa que regule la compra y alquiler de vehículos, independientemente de la fuente de financiamiento, velando por el uso adecuado de los recursos públicos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
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